Es el Órgano de Control Institucional constituye la Unidad especializada responsable de llevar a cabo el control gubernamental en la entidad, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6º, 7º y 8º de la Ley 27785 “Ley del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República” con la finalidad de promover la correcta y transparente Gestión de los recursos y bienes de la entidad, cautelando la legalidad y eficiencia de sus actos y operaciones, así como el logro de sus resultados mediante la ejecución de labores de control. Funcionalmente depende de la Contraloría General de la República y Auditoria General de Educación.
Las Funciones Generales del Órgano de Control Institucional son:
- Formular, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Auditoria Gubernamental, de conformidad con la política y planes de control de las instancias correspondientes de la Dirección Regional, Sede Central del Ministerio de Educación y de nuestro ente rector la Contraloría General de la Republica y sus Normas Conexas de la Republica.
- Realizar acciones de seguimiento que corresponda, cautelando la ejecución de medidas correctivas y/o sanciones dispuestas por el Titular de la entidad para mejorar la gestión y para la prevención y sanción de actos de corrupción de la gestión pública.
- Organizar y ejecutar las acciones de control preventivo y posterior que específicamente le encargue el Titular de la Unidad de Gestión Educativa y los Organismos superiores de control.
- Elaborar los informes de Control Interno y elevarlos a la Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local, y a la Controlaría General de la República y otras instancias según corresponda.
- Investigar las denuncias administrativas presentadas al Órgano de Auditoria Institucional por Terceras personas informando sobre el resultado al Titular de la entidad. Para que adopten las medidas correctivas pertinentes.
- Proponer e implementar mecanismos de prevención y sanción para los actos de corrupción en la gestión administrativa.



















